DRON, RPA, RPAS, UAS y UAV: ¿Qué son y en qué se diferencian?

DRON, RPA, RPAS, UAS y UAV: ¿Qué son y en qué se diferencian?

 

En los últimos años, siglas como RPA, UAS o los archiconocidos drones han aparecido con mayor frecuencia en los medios de comunicación y también en las redes sociales para identificar a las aeronaves no tripuladas. Aunque el desarrollo de este tipo de aparatos no es nuevo, en las últimas décadas su uso se ha ido generalizando en tareas de inteligencia, vigilancia y reconocimiento (ISR) y, con ellos, su nomenclatura.

Un año y unos meses después de la publicación del reglamento específico para el uso de drones en España –el RD 103-2017–, hemos consultado a nuestros expertos sobre las similitudes y/o diferencias de estos términos y las principales novedades de la nueva legislación, así como las diferencias con su predecesora (el artículo 50 de la Ley 18/2014) para elaborar una serie de post que sirvan de apoyo para todos aquellos interesados en este ámbito.

 

Dron, el término más famoso pero el menos exacto

En este primer post, arrojaremos luz sobre la ‘ensalada’ de siglas que se emplean comúnmente en el sector e indicaremos cuál es la forma más acertada de denominar cada tipo de dispositivo ya que, como señala Iago Gómez, co-director del área de Comunicaciones Avanzadas y responsable de vehículos no tripulados de Gradiant, “aunque es común emplear los términos dron, RPA, UAV o UAS indistintamente como si de sinónimos se tratasen, siendo estrictos, existen diferencias entre estos términos”. Por el momento, el único organismo oficial que ha regulado este vocabulario es la OACI (Organización Internacional de Aviación Civil), a través de la ICAO UAS Study Group.

En primer lugar, hablaremos de la que sin duda es la palabra más popular dentro y fuera del ámbito de los sistemas aéreos no tripulados: el dron. Esta puede considerarse una adaptación válida al español del sustantivo inglés drone (literalmente, abeja macho o zángano), palabra con la que se designa en aeronáutica a los vehículos aéreos no tripulados, la mayoría de uso militar. Precisamente en este ámbito es donde encontramos el origen de este término, ya que en los años 40 se había desarrollado uno de los primeros UCAV (Unmanned Combat Aerial Vehicle o aeronaves de combate no tripuladas) que se llamaba “Killerbee” (abeja asesina). Con todo, este término resulta impreciso porque no tiene en cuenta todas las particularidades de estas naves.

La confirmación de que esta palabra forma ya parte de nuestro vocabulario habitual es que la 23º edición del Diccionario Académico de la Lengua Española de la RAE ha incluido el término bajo la adaptación ‘dron’, reflejo de la pronunciación más extendida del inglés drone. Aprovechamos para mencionar que, al tratarse ya de una voz española, no es preciso destacarla en los textos con cursivas ni comillas y la forma correcta de indicar su plural es drones.

 

RPA, RPAS, UAV y UAS, pequeñas grandes diferencias

Si bien es cierto que dron es el nombre más generalizado, en los círculos profesionales hay otros términos para hacer referencia a los distintos tipos de naves y sistemas existentes. Estas diferencias están relacionadas con lo que se conoce como grados de autonomía de un sistema no tripulado o ALFUS, por sus siglas en inglés (Autonomy Levels for Unmanned Systems), definidos sobre tres ejes principales: la independencia de los pilotos, la complejidad de la misión y la dificultad del escenario.

De estos niveles de autonomía se desprenden diferentes nomenclaturas –unas más usadas que otras–, sobre los distintos sistemas inteligentes no tripulados (UMS, Intelligent Unmanned Systems). En línea con la independencia de los pilotos, y según la OACI, usaremos RPA (Remotely Piloted Aircraft) para hacer referencia a las aeronaves tripuladas por control remoto y su variante, RPAS (Remotely Piloted Aircraft System), cuando queramos dirigirnos al sistema en conjunto –la aeronave, el enlace de comunicaciones y la estación de tierra– y no sólo al dispositivo aéreo, como en el caso anterior. En la red también es frecuente encontrar términos como RPAs, pero este haría referencia simplemente a los Remotely Piloted Aircrafts, es decir, el plural del anteriormente mencionado RPA.

Por otra parte tenemos la palabra UAV (Unmanned Aerial Vehicle), que quizás es el término que engloba más aparatos de este estilo. UAV, en español “vehículo aéreo no tripulado”, incluye tanto a los dispositivos tripulados (RPAs) como a los que no lo son. La variante UAS (Unmanned Aerial System) hace referencia al sistema en conjunto. Finalmente, llamaremos simplemente aeronaves autónomas a aquellos aparatos capaces de desarrollar una función de forma completamente independiente, sin intervención humana de ningún tipo.

En el próximo post desde Gradiant, como operadores oficiales de drones, haremos repaso por el reglamento específico para el uso de drones en España, el RD 103-2017- y sus principales diferencias con la anterior normativa, del año 2014.